jueves, 28 de abril de 2011

Tramitación última del Convenio Especial

Esta mañana hemos asistido, con la Dirección de RR.HH. de ESSA Palau, a la Tesorería General de la Seguridad Social para realizar la última gestión, por parte de los ex-trabajadores afectados, sobre el "Convenio especial de empresarios y trabajadores sujetos a expedientes de regulación de empleo".

La atención e información que hemos recibido ha sido excelente y la gestión documental se ha llevado a cabo con éxito, con la firma de todas las partes implicadas: trabajadores, empresa y la Dirección de la Tesorería General de la S.S.

La empresa deberá realizar el ingreso que corresponde con un único pago y en el plazo máximo de un mes (31 de mayo de 2011).

Así pues, este asunto queda zanjado con la Seguridad Social y se tiene asegurada la cotización desde la finalización de la prestación por desempleo hasta cumplir los 61 años de edad, momento en que se puede proceder  a la condición de jubilación anticipada y con derecho, por haber sido despedidos en tiempos de crisis con un ERE.

Resta anotar tres consideraciones importantes:
  1. En caso de que la Empresa deba realizar un ingreso inferior a lo previsto en la parte de la indemnización que correspondía a este concepto, debe pagarnos la diferencia (tal como nos aseguró que haría el Director de RR.HH.), por tanto hemos de reclamarlo (recuérdese que aunque el ingreso lo aporta ESSA, el importe fue descontado de nuestra indemnización).
  2. Cuando agotemos la prestación contributiva por desempleo hemos de solicitar el subsidio para mayores de 52 años, hasta que se alcance la edad de 61 años, momento en que con derecho podemos acceder a la jubilación anticipada.
  3. El cálculo de la pensión de jubilación ha de considerarse con los valores de cotización que constan en la resolución del Convenio Especial (que para eso es).
Anécdota: Uno de los ex-trabajadores expedientados tenía condición de "mutualista" y la empresa, para él, no tiene posibilidad de realizar este tipo de convenio especial, según la normativa. Por lo que para este caso, se supone que la empresa dará la cuantía económica que signifique, al afectado, para que, si lo desea, realice un convenio personal y voluntario con la seguridad social, o se jubile de forma anticipada a los 60 años de edad y disponga de ese dinero como desee, ya que es de su propia indemnización.

Nos queda, como asunto más importante, atender la cuantía pendiente de la indemnización que antes de Enero 2012 hemos de percibir. Asi que hemos de conectar con el responsable de este asunto, el abogado del Col.lectiu Ronda (telf. 93.593.33.46). Es importante que llamemos con cierta regularidad.
Espero que el Sr. Aurelio pronto nos dé noticias al respecto, y que alguno de nosotros consulte directa y personalmente con el Col.lectiu....

martes, 26 de abril de 2011

Firma del Convenio Especial el 28 de abril

Esta mañana he llamado a RR.HH. de ESSA Palau S.A. para informarme sobre el asunto del Convenio Especial con la Seguridad Social para los mayores de 55 años afectados por el Expediente de Extinción.

Supongo que alguno de vosotros habréis realizado, también, alguna llamada, según recomendé en anterior entrada.

Acabo de recibir el siguiente correo, de ESSA Palau:
Hola XXXXXX,
Ya teneis fecha para la firma del Convenio, será el próximo día 28 de Abril a las 10:30h en la Tesorería General de Cerdanyola, estamos quedando en la Empresa a las 10:00h. para ir juntos. Saludos
Xxxxxx

Recordad, pues, que ese día hemos de encontrarnos en la Planta de Palau, a la hora indicada, llevad el DNI y la documentación que creáis oportuna.
A las 10:30 hemos de estar en la Tesorería General de Cerdanyola

También será interesante conocer el montante económico que representa para cada uno de nosotros el depósito que la empresa ha de ingresar en la Tesorería de la Seguridad Social [debiera cuadrar con las expectativas, en caso de diferencias significativas habrá que considerar como proceder, ya que en nuestra indemnización había parte descontada para este asunto].

jueves, 21 de abril de 2011

Convenio Especial Mayores de 55 años

Después de múltiples llamadas por teléfono  he conseguido saber en que situación está el asunto del Convenio Especial para los mayores de 55 años de edad. A continuación os comento:
  • La documentación está presentada en la Tesoreria General de la Seguridad Social, C/ Parcers, 1-5, 08290 Cerdanyola del Vallès, telf. 935 86 36 40
  • Está pendiente que la empresa determine que día hemos de ir a firmar la documentación pertinente en dicha Tesorería. Por tanto la iniciativa inmediata corresponde darla a la Dirección de ESSA Palau s.a.
 Con el fin de ultimar y zanjar este asunto, de extrema importancia para los mayores de 55 años, pienso que hemos de realizar llamadas telefónicas el próximo 26 de abril  a RR.HH. de ESSA Palau, lograr un dia concreto para presentarnos en la Tesorería mencionada de Cerdanyola y realizar la supervisión y firmas que procedan.

También recomiendo que llaméis a la Tesorería (telf. 935 86 36 40) para informaros de manera más directa sobre el asunto. Es importante realizar el seguimiento más intensivo y extensivo posible para que ESSA Palau realice este proceso hasta su final (que es de obligado cumplimiento).

Sería conveniente que los afectados por este asunto utilizárais y escribiérais algún comentario para actuar de manera consensuada y lo más eficaz posible.